Esta licencia ha sido especialmente realizada para la exposición
Aire
Incondicional, la emergencia de e-strategias comunitarias y migratorias
en Europa del Sur, llevada a cabo en el Centro
de Arte Shedhalle (Zürich) y aplicada a una serie de contenidos
dentro de la exposición y a otros realizados durante el tour
de presentaciones en Suiza.
La licencia Aire incondicional ha sido redactada desde el principio
en español y desde el marco legal de España, en vistas
a que sea fácilmente entendible, modificable y expandida por
las personas y grupos de habla hispana que la quieran utilizar en sus
contenidos y conociendo que no existen apenas iniciativas de este tipo
que no sean en lengua anglosajona.
1.
Preámbulo
El objetivo de este texto es regular de forma eficaz (eficaz en el sentido
de legal) las condiciones en las que el trabajo creado por el autor
puede ser reproducido, distribuido, comunicado públicamente y
transformado, libremente.
Este texto habla el lenguaje de los derechos de autor, de la Ley de
Propiedad Intelectual, usa sus palabras y sus términos, sólo
que dice cosas que normalmente no se oyen. Si el derecho de autor, o
la propiedad intelectual, o el copyright son herramientas para preservar,
proteger y promover el conocimiento, este texto utiliza la misma herramienta
con el mismo objetivo, pero de forma distinta. Utiliza otro camino para
llegar al mismo sitio al que originariamente se dirigía la propiedad
intelectual.
En otras palabras, no pretende la negación de los derechos de
autor tal como están concebidos actualmente, sino que parte de
esta misma regulación: la que concede la propiedad de la obra
al autor por el solo hecho de su creación. Nadie puede ceder
lo que no tiene, y en este caso el autor es titular de la obra porque
la ley así se lo reconoce. A partir de aquí, el autor
escoge libremente, en uso de la autonomía de la voluntad, la
forma en que permitirá el uso de su creación. Y este texto
explica de qué modo el autor permite usar su obra.
Este texto tiene por tanto vocación legal, en el sentido que
pueda ser eficazmente invocado ante un juez si se considera que se ha
utilizado la obra contraviniendo lo dispuesto en él.
Por supuesto no nace de la nada: bebe de las ideas y textos de otros
y añade algo más, que a su vez será transformado,
incorporado interpretado y deglutido por alguien más. Se inscribe
en definitiva en lo que se puede llamar copyleft, que es el intento
de aplicar las reglas de reproducción, distribución y
transformación del software libre a otro tipo de obras.
Se alimenta básicamente de las licencias GNU de la Free Sotware
Foundation, de las licencias de Creative Commons y de las licencias
de la Electronic Frontier Foundation, creadas en el ámbito anglosajón
de los derechos de autor, y concretamente el norteamericano, y pretende
trasladar el mecanismo de funcionamiento y los principios que tratan
de alcanzar, al derecho continental y concretamente, al español.
2.
Manifestaciones
a. El autor manifiesta que es la persona que ha creado la obra o trabajo
y no ha cedido en exclusiva los derechos de explotación de la
misma, y que es el titular exclusivo y con el alcance con que los cede,
de los derechos sobre la obra.
b. La obra
no infringe ningún derecho de propiedad intelectual, propiedad
industrial marcas o cualquier otro derecho.
3.
Objeto y alcance de la cesión
El autor cede la explotación de la obra por tiempo indefinido
y durante el tiempo que estos derechos de explotación mantengan
su vigencia de acuerdo con la legislación en vigor y hasta que
no pasen a dominio público por transcurso del plazo legalmente
establecido para cada obra o soporte, para ser ejercitados en todo el
mundo, de forma no exclusiva, gratuita y mediante la utilización
de cualquier medio técnico de fijación, reproducción,
distribución comunicación pública o transformación
que actualmente se conozca o que en un futuro se invente, entendiéndose
por explotación:
a. Reproducir
la obra, entendiéndose por tal la fijación de la obra
de forma que se permita su comunicación -percepción por
terceros-, y la obtención de copias de toda o parte de ella.
b. Distribuir
la obra, entendiéndose por tal poner a disposición del
público del original o copias de la obra.
c. Comunicarla
públicamente, entendiéndose por tal el acto por el cual
una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución
de ejemplares a cada una de ellas.
d. Transformar
la obra, entendiéndose por tal la modificación de la misma
en su forma de la que se derive una obra diferente, tales como su traducción,
adaptación y cualquier otra actividad comprendida en la definición
anterior.
4.
Condiciones de ejercicio
El ejercicio de cualquiera de los derechos anteriores, en la forma y
con el alcance concedidos se sujetará a todas y cada una de las
siguientes condiciones:
a. Quien
ejercite todos o alguno de los derechos reconocidos se obliga a reconocer
expresamente la autoría de la obra. En consecuencia, el resultado
del ejercicio de cualquiera de los derechos autorizados deberá
incorporar de forma visible la identificación del autor y del
título de la obra de acuerdo con la manera usual de exponer esta
información en el respectivo soporte o medio en el que se exprese
la obra.
b. Solamente
pueden ejercitarse los derechos de explotación en los términos
establecidos en la presente licencia y solamente si se incorpora al
trabajo resultante, estas condiciones de explotación en toda
su integridad.
La reproducción,
distribución, comunicación pública y transformación
de la obra deberá incorporar las presentes condiciones de cesión,
de forma íntegra y sin variar su forma o contenido. En consecuencia,
quien ejercite todos o alguno de los derechos concedidos se compromete
a su vez a conceder los mismos derechos y en la misma extensión,
obligándose a incorporar el texto de esta licencia en el resultado
del ejercicio de estos derechos cualquiera que sea su formato, y en
el modo en que usualmente se incorporan las condiciones de explotación
en este formato. No se podrá variar ni en la forma ni el contenido
las condiciones de ejercicio concedidas mediante esta licencia.
c. El adquiriente
de este producto se obliga a utilizar la obra, en las formas permitidas,
sin ánimo de lucro y sin obtener beneficio económico o
comercial, de forma directa o indirecta con ella. Se entenderá
que no hay beneficio comercial si el acceso al acto de comunicación
pública de la obra da lugar al pago de una cantidad que no exceda
de lo necesario para cubrir los gastos de funcionamiento de este acto.
Se prohíbe expresamente la utilización de la obra o de
alguna de sus partes o elementos en cualquiera de las formas expresadas
como elemento integrante o único de un signo identificativo o
distintivo de algún producto o servicio en el mercado, sea tanto
realizado con ánimo de lucro como si no. Queda expresamente prohibido
la utilización de la obra con fines directa o indirectamente
publicitarios, así como cualquier uso de la obra que suponga
un beneficio directo o indirecto para este usuario u otros. El intercambio
de la obra mediante sistemas que permitan compartirla con otras personas
(file-sharing) no se considerará usada con ánimo de lucro
excepto si lleva aparejado el pago de alguna cantidad por algún
concepto relacionado con el intercambio de la obra.
d. En el
caso de incorporar esta obra a una obra en colaboración o una
obra colectiva, deberán seguirse respetando las mismas obligaciones
impuestas en esta licencia para la obra en colaboración o colectiva,
de modo que la obra resultante deberá contener las mismas condiciones
de explotación que la obra objeto de esta licencia.
El ejercicio
de cualquiera de los derechos otorgados supondrá la aceptación
automática de las condiciones de su ejercicio.
5.
Resolución del contrato
a. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejercicio de
los derechos cedidos supondrá automáticamente la resolución
del presente contrato y supondrá en consecuencia la revocación
de los derechos concedidos y la abstención de su ejercicio, y
en su caso dará lugar a la correspondiente acción de reclamación
de daños y perjuicios en su caso.
b. Esta
resolución operará únicamente sobre la persona
que haya realizado el incumplimiento, de modo que los usuarios de las
copias, del trabajo derivado, de la obra colectiva o en colaboración
en los que el presente obra haya intervenido, podrán seguir ejercitando
los derechos concedidos sobre la obra siempre y cuando cumplan con las
condiciones de su ejercicio.
6.
Ley aplicable
La presente licencia se somete al derecho español.